*#GEPInforma*: Hoy se publicó en la versión vespertina del Diario
Oficial de la Federación el
*Decreto por el que se establecen las medidas de
austeridad que deberán observar las dependencias y entidades de la
Administración Pública Federal*
a través
del cual se establecen diversas acciones para hacer frente a los efectos
negativos derivados de la pandemia.
Dentro de las medidas incorporadas al Decreto, destacan *medidas de
austeridad para el gobierno federal (incluyendo la cancelación de 10
subsecretarías), garantizar disponibilidad presupuestaria para la atención de
la emergencia, apoyos a través de créditos y la continuidad de programas
sociales y proyectos de infraestructura* impulsados desde el gobierno federal.
En este vínculo podrá consultar el Decreto en mención:
http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5592205&fecha=23/04/2020
_Lo invitamos a consultar nuestro Micrositio donde podrá encontrar
medidas adoptadas en México frente a la Pandemia por COVID-19:
www.gep-covid.mx_
DOF: 23/04/2020
DECRETO por el que se establecen las medidas de austeridad que deberán observar
las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal bajo los
criterios que en el mismo se indican.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos
Mexicanos.- Presidencia de la República.
ANDRÉS MANUEL LÓPEZ OBRADOR, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos,
en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 89, fracciones I y
II, en relación con los artículos 26, Apartado A, párrafos primero y segundo,
90 y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 9, 20,
27, 31, 37 y 50 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 3,
fracciones I, II, IV y V, 4, fracciones I y II, 7, fracciones II y III, 8, 9,
12, 16 y 20 de la Ley Federal de Austeridad Republicana; 1 y 7 de la Ley Federal
de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y 1, 2, 3, 5 fracciones I y II y
46 de la Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del
Apartado B) del Artículo 123 Constitucional, y
DECRETO
De conformidad con los criterios que nos rigen de eficiencia,
honestidad, austeridad y justicia, y ante la crisis mundial del modelo
neoliberal, que sin duda nos afecta, propongo la aplicación urgente y
categórica de las siguientes medidas:
I. No será despedido ningún
trabajador, pero no habrá incremento de personal; de forma voluntaria se
reducirá el salario de los altos funcionarios públicos hasta en un 25% de
manera progresiva. Es decir, el que obtenga más ingresos aportará más y será
menos el descuento para los niveles inferiores. De la misma forma, los altos
funcionarios públicos no tendrán aguinaldos ni ninguna otra prestación de fin
de año. El concepto de alto funcionario público aplica de Subdirector hasta
Presidente.
II. No se ejercerá el 75% del
presupuesto disponible de las partidas de servicios generales y materiales y
suministros. Esto también incluye a lo supuestamente comprometido. Se cancelan
diez subsecretarías y se garantiza el empleo con el mismo rango y los mismos
ingresos a quienes dejarán dichos cargos.
III. Se extenderá hasta el 1o
de agosto la suspensión de labores con goce de sueldo a quienes ya se
encuentran en esta situación debido a la pandemia del coronavirus.
IV. Deberán de permanecer
cerradas la mitad de las oficinas, con excepción de las que atiendan de manera
directa al público o aquéllas que son esenciales para el bienestar del pueblo.
En este periodo, se hará un esfuerzo de reubicación de servidores públicos en
función de lo prioritario, con el fin de dejar de rentar edificios, vehículos,
bodegas e inmuebles, entre otros ahorros.
V. Se posponen las acciones y
el gasto del gobierno, con excepción de los siguientes programas prioritarios:
1. Pensión para el Bienestar
de las Personas Adultas Mayores;
2. Pensión para el Bienestar
de las Personas con Discapacidad;
3. Sembrando Vida;
4. Programa de apoyo para el
Bienestar de las Niñas y Niños, Hijos de Madres Trabajadoras;
5. Becas para el Bienestar
Benito Juárez;
6. Construcción de las 100
Universidades Públicas;
7. La Escuela es Nuestra;
8. Jóvenes Construyendo el
Futuro;
9. Tandas para el Bienestar;
10. Banco del Bienestar;
11. Atención médica y
medicamentos gratuitos;
12. Producción para el
Bienestar;
13. Precios de Garantía;
14. Distribución de fertilizantes;
15. Apoyo a los pescadores;
16. Guardia Nacional;
17. Aeropuerto General Felipe
Ángeles;
18. Producción petrolera;
19. Rehabilitación de las seis
refinerías;
20. Construcción de la refinería
de Dos Bocas;
21. Generación de energía
eléctrica con la modernización de plantas e hidroeléctricas;
22. Mantenimiento y conservación
de carreteras;
23. Caminos de mano de obra;
24. Caminos rurales;
25. Carreteras en construcción;
26. Sistema aeroportuario de la
Ciudad de México;
27. Tren Interurbano
México-Toluca;
28. Terminación de presas y
canales;
29. Parque Ecológico Lago de
Texcoco;
30. Programa de Mejoramiento
Urbano;
31. Programa Nacional de
Reconstrucción;
32. Tren Maya;
33. Tren de Guadalajara;
34. Internet para Todos;
35. Desarrollo del Istmo de
Tehuantepec;
36. Zona libre de la Frontera
Norte;
37. Espacio cultural de Los
Pinos y Bosque de Chapultepec, y
38. Defensa de los derechos
humanos.
VI. La Secretaría de Hacienda y
Crédito Público (SHCP) dispondrá de los recursos necesarios para
cumplir cabalmente con la entrega de participaciones federales a los
estados, el pago de nómina, de pensiones y la amortización y servicio de la
deuda pública. No se podrá utilizar sin autorización de SHCP recursos de fondos
o fideicomisos creados por acuerdo o decreto del Poder Ejecutivo.
VII. Tendrán trato excepcional
la Secretaría de Salud, la Guardia Nacional, y las Secretarías de Marina y de
la Defensa Nacional.
VIII. Se aplicará la Ley Federal
de Austeridad Republicana de manera rigurosa.
IX. La eficiencia, la honestidad
y la austeridad nos permitirán aumentar el presupuesto para fortalecer el
blindaje de los programas sociales y de los proyectos prioritarios en 622 mil
556 millones de pesos; asimismo, se otorgarán 3 millones de créditos a personas
y a pequeñas empresas familiares, y se crearán 2 millones de empleos, lo cual
hará posible proteger a 25 millones de familias mexicanas, al 70% de los
hogares de la república, donde habitan los más pobres y la mayoría de los
integrantes de las clases medias del país.
X. Todo ello, sin aumentar el
precio de los combustibles, sin aumentar impuestos o crear impuestos nuevos y
sin endeudar al país.
Vamos a demostrar que hay otra forma de enfrentar la crisis sanitaria,
económica o de cualquier otra índole, siempre y cuando no se permita la
corrupción, se fortalezcan valores y principios como el humanismo y se gobierne
para y con el pueblo.
XI. Estas medidas aplican para
todo el Poder Ejecutivo Federal, es decir, incluyen a organismos
descentralizados, órganos desconcentrados, empresas de participación estatal
mayoritaria y fideicomisos públicos.
La responsabilidad de la aplicación de este ordenamiento corresponderá a
los Secretarios de Estado y a los Directores de dichos organismos.
TRANSITORIOS
Primero. El presente Decreto entrará en vigor el día de su publicación
en el Diario Oficial de la Federación y estará vigente hasta el 31 de diciembre
de 2020.
Segundo. Este Decreto se convertirá en una iniciativa de ley que estoy
enviando con carácter de estudio prioritario y, en su caso, de aprobación
inmediata a la H. Cámara de Diputados.
Dado en la residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de
México, a 22 de abril de 2020.- Andrés Manuel López Obrador.- Rúbrica.- La
Secretaria de Gobernación, Olga María del Carmen Sánchez Cordero Dávila.-
Rúbrica.- El Secretario de Hacienda y Crédito Público, Arturo Herrera
Gutiérrez.- Rúbrica.- La Secretaria de la Función Pública, Irma Eréndira
Sandoval Ballesteros.- Rúbrica.